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Orden sacerdotal

PARROQUIA SAN FRANCISCO DE BORJA DE VALENCIA




I. El sacramento del Orden en la Iglesia

Los fieles cristianos, incorporados a Cristo por el Bautismo, se integran en el Pueblo de Dios y, hechos partícipes a su modo por esta razón de la función sacerdotal, profética y real de Cristo, cada uno según su propia condición, son llamados a desempeñar la misión que Dios encomendó cumplir a la Iglesia en el mundo.

Por su regeneración en Cristo, se da entre todos los fieles una verdadera igualdad en cuanto a la dignidad y acción, en virtud de la cual todos, según su propia condición y oficio, cooperan a la edificación del Cuerpo de Cristo.


LAS DIFERENCIAS QUE EL SEÑOR QUISO PONER ENTRE LOS MIEMBROS DE SU CUERPO (JERARQUÍA Y LAICOS) SIRVEN A SU UNIDAD Y A SU MISIÓN


Las diferencias que el Señor quiso poner entre los miembros de su Cuerpo (jerarquía y laicos) sirven a su unidad y a su misión. Porque "hay en la Iglesia diversidad de ministerios, pero unidad de misión. A los apóstoles y sus sucesores les confirió Cristo la función de enseñar, santificar y gobernar en su propio nombre y autoridad. Pero también los laicos, partícipes de la función sacerdotal, profética y real de Cristo, cumplen en la Iglesia y en el mundo la parte que les corresponde en la misión de todo el Pueblo de Dios.

Nadie, ningún individuo ni ninguna comunidad, puede anunciarse a sí mismo el Evangelio. "La fe viene de la predicación". Nadie se puede dar a sí mismo el mandato ni la misión de anunciar el Evangelio. El enviado del Señor habla y obra no con autoridad propia, sino en virtud de la autoridad de Cristo; no como miembro de la comunidad, sino hablando a ella en nombre de Cristo. Nadie puede conferirse a sí mismo la gracia, ella debe ser dada y ofrecida. Eso supone ministros de la gracia, autorizados y habilitados por parte de Cristo. Este ministerio, en el cual los enviados de Cristo hacen y dan, por don de Dios, lo que ellos, por sí mismos, no pueden hacer ni dar, la tradición de la Iglesia lo llama "sacramento". El ministerio de la Iglesia se confiere por medio de un sacramento específico, que es el sacramento del Orden y que comprende tres grados: episcopado, presbiterado y diaconado.


EL SACRAMENTO DEL ORDEN COMPRENDE TRES GRADOS: EPISCOPADO, PRESBITERADO Y DIACONADO


De Cristo, los obispos y los presbíteros reciben la misión y la facultad (el "poder sagrado") de actuar in persona Christi Capitis, y los diáconos, las fuerzas para servir al pueblo de Dios en la "diaconía" (servicio) de la liturgia, de la palabra y de la caridad, en comunión con el obispo y su presbiterio.

Es decir, los ministros que poseen la sagrada potestad (que han recibido el sacramento del Orden) están al servicio de sus hermanos para que todos los que son miembros del Pueblo de Dios [...] lleguen a la salvación».

| Catecismo de la Iglesia Católica, n. 871-875; 1536


II. El sacerdocio en el Antiguo Testamento

El pueblo elegido fue constituido por Dios como "un reino de sacerdotes y una nación consagrada". Pero dentro del pueblo de Israel, Dios escogió una de las doce tribus, la de Leví, para el servicio litúrgico.

Instituido para anunciar la palabra de Dios y para restablecer la comunión con Dios mediante los sacrificios y la oración, este sacerdocio de la Antigua Alianza, sin embargo, era incapaz de realizar la salvación, por lo cual tenía necesidad de repetir sin cesar los sacrificios, y no podía alcanzar una santificación definitiva, que sólo podría ser lograda por el sacrificio de Cristo.


TODAS LAS PREFIGURACIONES DEL SACERDOCIO DE LA ANTIGUA ALIANZA ENCUENTRAN SU CUMPLIMIENTO EN CRISTO JESÚS


No obstante, la liturgia de la Iglesia ve en el sacerdocio de Aarón y en el servicio de los levitas, así como en la institución de los setenta "ancianos", prefiguraciones del ministerio ordenado de la Nueva Alianza.

Todas las prefiguraciones del sacerdocio de la Antigua Alianza encuentran su cumplimiento en Cristo Jesús, "único mediador entre Dios y los hombres". El sacrificio redentor de Cristo es único, realizado una vez por todas. Y por esto se hace presente en el sacrificio eucarístico de la Iglesia. Lo mismo acontece con el único sacerdocio de Cristo: se hace presente por el sacerdocio ministerial.

| Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1539-1545


III. El sacerdocio común y el sacerdocio ministerial

Existen dos modos de participar en el único sacerdocio de Cristo.

Los fieles ejercen su sacerdocio bautismal a través de su participación, cada uno según su vocación propia, en la misión de Cristo, Sacerdote, Profeta y Rey. Por los sacramentos del Bautismo y de la Confirmación los fieles participan del sacerdocio común.

El sacerdocio ministerial o jerárquico de los obispos y de los presbíteros, y el sacerdocio común de todos los fieles, "aunque su diferencia es esencial y no sólo en grado, están ordenados el uno al otro; [...] ambos, en efecto, participan, cada uno a su manera, del único sacerdocio de Cristo".


MIENTRAS EL SACERDOCIO COMÚN DE LOS FIELES SE REALIZA EN EL DESARROLLO DE LA GRACIA BAUTISMAL, EL SACERDOCIO MINISTERIAL ESTÁ AL SERVICIO DEL SACERDOCIO COMÚN


¿En qué sentido? Mientras el sacerdocio común de los fieles se realiza en el desarrollo de la gracia bautismal (vida de fe, de esperanza y de caridad, vida según el Espíritu), el sacerdocio ministerial está al servicio del sacerdocio común, en orden al desarrollo de la gracia bautismal de todos los cristianos.

Es uno de los medios por los cuales Cristo no cesa de construir y de conducir a su Iglesia. Por esto es transmitido mediante un sacramento propio, el sacramento del Orden.


EL SACRAMENTO DEL ORDEN COMUNICA "UN PODER SAGRADO", QUE NO ES OTRO QUE EL DE CRISTO


Este sacerdocio se llama “ministerial” porque se trata de un verdadero servicio. Está enteramente referido a Cristo y a los hombres. Depende totalmente de Cristo y de su sacerdocio único, y fue instituido en favor de los hombres y de la comunidad de la Iglesia. El sacramento del Orden comunica "un poder sagrado", que no es otro que el de Cristo. El ejercicio de esta autoridad debe, por tanto, medirse según el modelo de Cristo, que por amor se hizo el último y el servidor de todos.

| Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1546-1553


IV. El sacramento del Orden

El rito esencial del sacramento del Orden está constituido, para los tres grados (diaconal, presbiteral y episcopal), por la imposición de manos del obispo sobre la cabeza del ordenando, así como por una oración consecratoria específica que pide a Dios la efusión del Espíritu Santo y de sus dones apropiados al ministerio para el cual el candidato es ordenado.

Los obispos válidamente ordenados, es decir, que están en la línea de la sucesión apostólica, confieren válidamente los tres grados del sacramento del Orden.


EL SEÑOR JESÚS ELIGIÓ A HOMBRES PARA FORMAR EL COLEGIO DE LOS DOCE APÓSTOLES (...) LA IGLESIA SE RECONOCE VINCULADA POR ESTA DECISIÓN DEL SEÑOR


Sólo el varón bautizado recibe válidamente la sagrada ordenación. El Señor Jesús eligió a hombres para formar el colegio de los doce Apóstoles y los Apóstoles hicieron lo mismo cuando eligieron a sus colaboradores que les sucederían en su tarea. El colegio de los obispos, con quienes los presbíteros están unidos en el sacerdocio, hace presente y actualiza hasta el retorno de Cristo el colegio de los Doce. La Iglesia se reconoce vinculada por esta decisión del Señor. Esta es la razón por la que las mujeres no reciben la ordenación.

Nadie tiene derecho a recibir el sacramento del Orden. En efecto, nadie se arroga para sí mismo este oficio. Al sacramento se es llamado por Dios. Quien cree reconocer las señales de la llamada de Dios al ministerio ordenado, debe someter humildemente su deseo a la autoridad de la Iglesia a la que corresponde la responsabilidad y el derecho de llamar a recibir este sacramento. Como toda gracia, el sacramento sólo puede ser recibido como un don inmerecido.

Todos los ministros ordenados de la Iglesia latina, exceptuados los diáconos permanentes, son ordinariamente elegidos entre hombres creyentes que viven como célibes y que tienen la voluntad de guardar el celibato "por el Reino de los cielos". Llamados a consagrarse totalmente al Señor y a sus "cosas", se entregan enteramente a Dios y a los hombres.


LOS MINISTROS ORDENADOS EJERCEN SU SERVICIO EN EL PUEBLO DE DIOS MEDIANTE LA ENSEÑANZA, EL CULTO DIVINO Y POR EL GOBIERNO PASTORAL


En las Iglesias orientales, desde hace siglos está en vigor una disciplina distinta: mientras los obispos son elegidos únicamente entre los célibes, hombres casados pueden ser ordenados diáconos y presbíteros. Esta práctica es considerada como legítima desde tiempos remotos; estos presbíteros ejercen un ministerio fructuoso en el seno de sus comunidades. Por otra parte, el celibato de los presbíteros goza de gran honor en las Iglesias orientales, y son numerosos los presbíteros que lo escogen libremente por el Reino de Dios. En Oriente como en Occidente, quien recibe el sacramento del Orden no puede luego contraer matrimonio.

Este sacramento configura con Cristo mediante una gracia especial del Espíritu Santo a fin de servir de instrumento de Cristo en favor de su Iglesia. Los ministros ordenados ejercen su servicio en el pueblo de Dios mediante la enseñanza (munus docendi), el culto divino (munus liturgicum) y por el gobierno pastoral (munus regendi).

Como en el caso del Bautismo y de la Confirmación, esta participación en la misión de Cristo es concedida de una vez para siempre. El sacramento del Orden confiere también un carácter espiritual indeleble y no puede ser reiterado ni ser conferido para un tiempo determinado.


EL SACRAMENTO DEL ORDEN CONFIERE TAMBIÉN UN CARÁCTER ESPIRITUAL INDELEBLE


Un sujeto válidamente ordenado puede ciertamente, por causas graves, ser liberado de las obligaciones y las funciones vinculadas a la ordenación, o se le puede impedir ejercerlas, pero no puede convertirse de nuevo en laico en sentido estricto porque el carácter impreso por la ordenación es para siempre. La vocación y la misión recibidas el día de su ordenación, lo marcan de manera permanente. Puesto que en último término es Cristo quien actúa y realiza la salvación a través del ministro ordenado, la indignidad de éste no impide a Cristo actuar.

| Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1572-1592